Adquirir propiedad raíz es la oportunidad de construir un patrimonio y hacer realidad un sueño. Esto solo se logra depositando la confianza en empresas desarrolladoras de proyectos, que son las responsables de brindarles tranquilidad a las personas frente a su inversión y la calidad de las viviendas.
Con Vivienda Segura La Empresa de Seguros, su empresa constructora o promotora puede:
Contar con recursos para repotenciar, reparar o reforzar edificios que tengan amenaza de ruina por fallas estructurales o defectos en materiales utilizados. Brindar tranquilidad a sus clientes, puesto que se les reconoce el dinero que invirtieron en la compra de su vivienda si esta sufre daños por fallas en su construcción o materiales. Dar cumplimiento a la Ley 1796 de 2016, que obliga a las constructoras y promotoras de proyectos de vivienda a tomar este seguro como garantía.
La construcción genera grandes riesgos que pueden afectar la rentabilidad del empresario. Durante la operación del edificio, es decir, cuando este ya es habitado, situaciones imprevistas pueden perjudicar la estabilidad de toda la estructura o algunos de sus elementos, impactando de forma negativa el capital de los compradores.
Ante esto, surge la necesidad de que se protejan con el Seguro de Vivienda Segura, la solución para respaldar la relación de confianza que las personas y las empresas constructoras establecen. Con la compañía de La Empresa de Seguros, todos cumplen sus metas y aportan a la gestión responsable y comprometida de los factores trastocar el bienestar de la sociedad.
¿Qué cubre?
Coberturas principales
- Daños materiales de la edificación
- Gastos
Coberturas opcionales
- Daños materiales a bienes preexistentes
- Impermeabilización de partes bajo la cota o superficie natural del terreno
- Impermeabilización en cubiertas inclinadas o planas
Impermeabilización en paredes exteriores
Daños a terceros
- Cobertura para bienes de inquilinos o habitantes
- Daños por el uso en la construcción de materiales o procedimientos no tradicionales o innovadores
¿Qué no cubre?
- Incendio, rayo, explosión o impacto de objetos interiores o exteriores a la edificación.
- Daños causados por terceros, es decir, si alguien produce de manera intencionada o no intencionada afectaciones en el edificio.
- Hundimiento, expansión o deslizamiento del terreno, a menos que se deba a un defecto inherente, es decir, que tenga la propia estructura y solo se evidencie cuando ocurra el daño.
- Fenómenos de la naturaleza como terremotos, temblores, erupciones volcánicas, deslizamiento del terreno, aludes, entre otros.
- Mantenimiento inadecuado del edificio o falta del mismo, desgaste o deterioro paulatino, corrosión, erosión, oxidación o incrustaciones y condiciones atmosféricas e influencias normales del clima.
- Daños estéticos, descomposición, putrefacción, pérdidas estéticas, arañazos, raspaduras, el simple deterioro normal o por goteras, humedad prolongada, entre otros factores dañinos.
- Vicios o defectos conocidos antes del inicio de vigencia del seguro.
- Incumplimiento en las recomendaciones, exigencias y criterios de reparación formulados por el supervisor técnico.
- Incumplimiento en los trabajos de acabados, posteriores a la certificación técnica de ocupación del edificio, que la entidad constructora esté obligada a ejecutar para la correcta terminación del proyecto.
- Grietas o fiLa Empresa de Seguross originadas en fenómenos de dilatación, contracción o movimientos estructurales admisibles según las normas de sismorresistencia aplicables a la fecha de inicio de construcción del edificio.
- Someter la edificación a cargas superiores o usos distintos para los que fue diseñada.
¿Cuál es el valor asegurado?
Corresponde al valor de reconstrucción del edificio y se determinada cuando se expida la certificación técnica de ocupación de acuerdo a factores como los costos de ejecución del contrato, los honorarios del proyecto y la interventoría, entre otros. El valor asegurado se ajusta anualmente durante el tiempo de vigencia del seguro, sin superar el 5 %, según el índice de costos de la construcción de vivienda (ICCV) publicado por el Dane.
¿Quiénes son los actores del seguro?
- Tomador: es la empresa constructora o entidad dueña o promotora del proyecto que adquiere y paga el seguro.
- Asegurado o beneficiario del seguro: quien figure en el folio de matrícula como propietario (o copropietarios) del edificio.
- Supervisor técnico independiente: es la persona natural o jurídica que verifica la aplicación de los diseños, planos y especificaciones del edificio, y el cumplimiento de la norma sismorresistente vigente y de óptimas prácticas de construcción en el desarrollo del proyecto.
¿Cómo funciona el seguro?
La contratación del seguro debe hacerse cuando inicie la construcción de la obra. En esta etapa, la empresa constructora o promotora debe pagar 20 % o 30 % del valor del seguro. Comienza la supervisión técnica.
El 80 % o 70 % restante del valor del seguro debe ser pagado cuando termine la construcción del edificio y el supervisor técnico entregue la certificación técnica de ocupación. Desde ese momento inicia la cobertura del seguro.
Plazos y términos
La vigencia del seguro es de diez años después de la emisión del certificado técnico de ocupación. No se permite su revocación.
En caso de que se venda la vivienda, la protección del seguro se traspasa automáticamente al nuevo propietario.
Durante la construcción, la empresa que toma el seguro debe notificar cualquier cambio de diseño o método constructivo para que el supervisor técnico lo evalúe.
La Empresa de Seguros solo indemniza los daños que exceden el valor del deducible estipulado en la carátula del seguro. Si el valor del siniestro no excede el del deducible, el hecho debe ser asumido por el asegurado.