La vida y el bienestar de las personas es el compromiso de las entidades que prestan servicios de salud. Atender sus necesidades con nuestro apoyo es sinónimo de tranquilidad, amor y compromiso.
Con este seguro de responsabilidad civil, su clínica u hospital podrá:
- Recibir acompañamiento económico por perjuicios generados a los pacientes.Asegurarte hasta los 70 años Contar con el dinero necesario para pagar los gastos de un abogado para su defensa frente a una demanda.Darles un respaldo a tus beneficiarios Indemnizar a sus empleados cuando sufran accidentes por los que usted sea responsable.
- Las clínicas y hospitales cumplen una labor esencial en la sociedad: son las responsables de velar por la vida de las personas y de brindarles bienestar y posibilidades de disfrutar cada día.
- Somos conscientes de ello, por eso gestionamos sus riesgos con nuestro Seguro de Responsabilidad Civil para Clínicas y Hospitales. Con este, su entidad tiene la mejor protección cuando cause algún perjuicio por actos u omisiones en el ejercicio de la actividad médica.
¿Qué cubre?
- Coberturas principales
- Responsabilidad civil profesional
- Responsabilidad en predios
- Gastos de defensa
- Coberturas opcionales
- Responsabilidad del empleador
- Responsabilidad civil por daños causados con vehículos al servicio de la clínica u hospital
¿Qué no cubre?
- Perjuicios que se deriven del incumplimiento de un contrato. Esta exclusión no comprende el deber jurídico que tienen las clínicas y los hospitales de preservar la integridad del paciente y sus bienes materiales.
- Afectaciones que se den por contaminación paulatina o cuyo origen sea una enfermedad o infección padecida por alguien que trabaje en la clínica u hospital.
Daños genéticos.
- Hurto, daño o desaparición de los bienes con los que su entidad presta servicios de salud.
- Daños materiales, lesiones personales o muertes que ocurran por fuera del territorio colombiano.
- Afectaciones relacionadas con profesiones médicas cuyos objetivos sean diferentes al diagnóstico o al tratamiento de enfermedades.
- No se cubre la cirugía plástica o estética, excepto si es reconstructiva (posterior a un accidente) o correctiva (por condiciones hereditarias).
- Servicios prestados por profesionales de la salud embriagados o bajo la influencia de drogas.
- Para conocer las condiciones completas del seguro y otras exclusiones ingrese aquí.
¿Qué organizaciones se pueden asegurar?
- Clínicas y hospitales de niveles dos y tres legalmente habilitados para prestar servicios de salud.
¿Cuáles son las obligaciones de su clínica u hospital frente a una contingencia?
- Hacer lo que esté a su alcance para evitar la propagación del siniestro o la afectación de más personas.
- Informarnos de los siniestros ocurridos o si hay alguna reclamación judicial o extrajudicial de un tercero en su contra.
Plazos y términos
- El seguro tiene vigencia de un año.
- Las coberturas operan de acuerdo a la fecha de retroactividad definida al momento de tomar el seguro.
- El seguro pagará las indemnizaciones pertinentes según las condiciones del seguro cuando se acredite la ocurrencia y su valor.
- El contrato del seguro se terminará por el no pago de la prima, cuando usted lo solicite por escrito o cuando nosotros se lo informemos por lo menos con diez días de anticipación.