Transporte de Mercancías Específico

¿Su empresa debe movilizar ocasionalmente productos terminados o materias primas? Si es así, esta solución le permite amparar las pérdidas o daños que sus bienes sufran con motivo del transporte.​​​​​​​​​

Con este seguro su empresa podrá:

Proteger un envío de mercancías urbano, nacional, de importación o exportación frente a pérdidas y daños.Asegurarte hasta los 70 años Respaldar diferentes tipos de mercancías.Darles un respaldo a tus beneficiarios Contar con acompañamiento en soluciones de administración de riesgos.

​El hurto, extravío, accidentes del vehículo tran​​​​​​​​​​s​​portador, daños durante las operaciones de cargue y descargue, derrumbes, inundación, incendio, entre otros hechos, son riesgos comunes a los que están expuestas sus mercancías durante movilizaciones urbanas, nacionales, importaciones o exportaciones en diferentes modos de transporte (aéreo, marítimo, terrestre, férreo o fluvial).

El Seguro de Transporte de Mercancías Específico La Empresa de Seguros es una solución sólida que le permite proteger un envío de mercancías en particular, es decir que esta solución solo opera para un despacho y, por lo tanto, deberá ser tomada con anticipación a dicho envío. Si posteriormente su empresa realiza otras movilizaciones, deberá tomar un seguro adicional para cada una de ellas.

Este seguro tiene una estructura todo riesgo, es decir que se amparan todos los riesgos excepto aquellos excluidos en el condicionado general.​

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¿Qué cubre?

Coberturas principales

  • Hurto, extravío, accidente del vehículo transportador, incendio, rayo, explosión y, en general, todos los riesgos de pérdidas y daños de los bienes movilizados con ocasión del transporte en operaciones urbanas, nacionales, importaciones y exportaciones en los difer​entes modos de transporte (aéreo, marítimo, terrestre, férreo y fluvial).
  • En el transporte marítimo se ampara la avería gruesa (acción o inversión extraordinaria para salvar los bienes en riesgo), los gastos de salvamento y la responsabilidad en las partes involucradas por colisión.
  • Para importaciones y exportaciones se brinda un auxilio del 10 % sobre el valor de la indemnización (luego de aplicar el deducible).
  • Cubrimos los gastos para preservar los bienes movilizados de una pérdida o daño mayor a causa de un riesgo amparado por el seguro (máximo el 10 % del valor asegurado)​.
  • Gastos de remoción de escombros, desmantelamiento, destrucción y disposición final de elementos que hayan sufrido afectaciones por un riesgo amp​arado po​​r el seguro.
  • Pérdidas y daños de mercancías refrigeradas y a granel (sin ningún empaque)​.
  • Permanencias o estadías de las mercancías en puertos, aeropuertos y otros sitios durante el curso ordinario de tránsito.
  • Protegeremos los contenedores utilizados en el transporte de las mercancías aseguradas y por los que su empresa sea responsable.
  • Pérdidas y daños durante las operaciones de cargue y descargue.

Coberturas opcionales

  • Acciones de huelguistas y personas malintencionadas.
  • Eventos de guerra internacional, guerra civil o rebelión.
  • Protección de maquinaria y bienes usados.​

¿Qué no cubre?

  • Huelga, suspensión de trabajo, disturbios laborales, asonada, motín y conmoción civil.
  • Infidelidad y acciones deshonestas por parte de administradores y trabajadores al servicio del asegurado.
  • Lucro cesante (dejar de percibir ingresos por no poder ejecutar las actividades económicas de su empresa).
  • Responsabilidad civil de cualquier tipo.
  • Multas o sanciones.
  • Toma de muestras y demás actos de las autoridades competentes.
  • ​Vicio propio, descomposición natural y combustión espontánea de los bienes movilizados.
  • Daños por condensación.
  • Deterioros causados por el simple transcurso del tiempo.
  • Riesgos de energía nuclear y contaminación radioactiva.
  • Contaminación y polución paulatina.
  • Errores o faltantes en el despacho o por haber despachado los bienes en mal estado.
  • Insuficiencia del empaque o haber preparado indebidamente los bienes para los riesgos ordinarios de tránsito.
  • Demoras o pérdidas de mercado.
  • Ataques cibernéticos y riesgos de tecnología de la información.
  • Pérdidas relacionadas directa o indirectamente con el asbesto.
  • Transporte en vehículos terrestres con una edad superior a 25 años, salvo que hayan sido repotenciados.

¿Qué bienes no aseguramos​?

No se asegura el transporte de algodón, objetos personales y enseres domésticos, monedas, billetes, joyas, metales preciosos, billetes de lotería, acciones, cheques o cualquier clase de documento que tenga un valor económico e información almacenada en discos, USB o medios electrónicos.

¿Qué empresas se pueden asegurar?​​​

​Aquellas que sean propietarias de las mercancías movilizadas (generadores de carga). Este seguro no aplica para empresas transportadoras.​

¿Cuál es el valor asegurable?

Estará compuesto por el valor de la mercancía incluyendo fletes, impuestos, costos de embalaje, seguros y gastos adicionales en puertos.

Plazos y términos

El Seguro de Transporte de Mercancías Específico aplica solo para el despacho asegurado e informado previamente aLa Empresa de Seguros. Si su empresa requiere asegurar movilizaciones posteriores deberá tomar un seguro adicional para cada una de ellas.​​​​​

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