Protección Legal

Las empresas pueden enfrentarse a inconvenientes jurídicos con clientes, empleados, proveedores o el Estado; en estos casos es importante contar con un acompañamiento especializado.​​​​​

Con el Seguro de Protección Legal Empresarial su empresa:​

​​​​Recibirá acompañamiento en caso de una demanda​. ​​​​ Contar​á con asesoría jurídica presencial o telefónica. ​​​​ Tendrá acompañamiento en la redacción y revisión de contratos.

En el desarrollo de su actividad empresarial puede verse enfrentado a diferencias con sus clientes, trabajadores y proveedores que pueden tener implicaciones legales y en los que usted no tenga claro qué hacer o a quién acudir.

Por esto en Seguros La Empresa de Seguros hemos desarrollado el Seguro de Protección Legal Empresarial , una solución que busca asesorarlo y defenderlo con abogados especializados en la legislación colombiana, ​​en los momentos en los que usted más lo necesite. Así usted podrá dedicarse a lo más importante: su empresa.​​​​​​​​ ​​​​​

¿Qué cubre?

Coberturas

​Esta solución, además de ofrecerle el acompañamiento de especialistas en caso de enfrentar una demanda civil, laboral, comercial, o de otro tipo, ​cuenta con cuatro asistencias:

  • Asesoría jurídica telefónica​
  • Asesoría jurídica presencial
  • Revisión y redacción de contratos​
  • Acompañamiento en audiencia de conciliación prejudicial​

¿Qué no cubre el Seguro de Protección Legal Empresarial?

El pago de la indemnización al que haya sido condenado a favor del afectado.

Reclamaciones presentadas por terceros que tengan origen directa o indirectamente en hechos ocurridos antes de tomar por primera vez este seguro.

Cuando la demanda es causada por actividades diferentes a su actividad empresarial.

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¿Qué empresas se pueden asegurar?

Pequeñas y medianas empresas que no cuentan con un departamento jurídico.

Plazos y términos

  • El seguro será cancelado si el pago de la prima no se realiza dentro de los 45 días siguientes al inicio de su vigencia.
  • El seguro puede ser cancelado de forma unilateral por La Empresa de Seguros o la empresa asegurada.
    El Seguro de Protección Legal tiene vigencia por un año sin renovación automática.​​​​​​​​​​​
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