Seguro de arrendamiento

Sabemos la tranquilidad que te genera saber que cada mes cuentas con el dinero que te pagan los inquilinos de tu propiedad, pero cuando no sea así, ¡no te preocupes! Tenemos la solución para que nunca dejes de recibir tus ingresos.​​​​​​

Con tu Seguro de Arrendamiento podrás:​​

Asegurarte desde los 14 años Garantizar tus ingresos como arrendador en caso de que tu inquilino incumpla con el pago del canon de arrendamiento.​Asegurarte hasta los 70 años Recibir apoyo económico para el pago de los servicios públicos y la administración pendientes después de la restitución de tu propiedad.Darles un respaldo a tus beneficiarios Contar con la mejor asistencia para el cuidado y la protección de tu casa, apartamento, finca o bodega.

¿Te han quedado mal con los pagos de tus arriendos? Cuando adquieres este seguro te despreocupas porque sabes que, pase lo que pa​se, tienes garantizado el ingreso que te genera tu casa, apartamento, finca o bodega.

La cobertura principal es para el incumplimiento de pagos de arriendo, servicios públicos y administración, pero tienes a tu disposición protecciones opcionales como daños y faltantes, y asistencia domiciliaria, que comprende servicio de plomería, electricidad, cerrajería, reemplazo de vidrios y asistencia jurídica telefónica.

El seguro está disponible de manera individual y colectiva. Tú puedes tomar un seguro individual por cada propiedad que tengas arrendada o ser incluido en un seguro colectivo que toman las agencias inmobiliarias para cubrir los riesgos que tienen sus contratos de arrendamiento.

A estas agencias les puedes delegar el trabajo de conseguirte el inquilino, las labores de mantenimiento y reparación de tu inmueble y el inventario de la propiedad, así no tienes que preocuparte por hacer estos trámites tú mismo.

¿Qué te ofrece?​

  • Pago del canon de arrendamiento en caso de incumplimiento por parte del inquilino.
  • Pago de la cuota de administración que incumpla el inquilino de la propiedad, siempre y cuando esté incluido en tu contrato.
  • Reembolso del valor de los servicios públicos que el propietario deba asumir por el incumplimiento del pago de los inquilinos (tú pagas y nosotros te devolvemos ese dinero).
  • Asistencia domiciliaria (servicios de plomería, electricidad, cerrajería, reemplazo de vidrios, gastos de traslado y asistencia jurídica telefónica). Bogotá
  • Daños y faltantes del inventario.

¿Qué cubre?

  • Cobertura principal
    Pago de canon​ de arrendamiento, cuotas de administración y reembolso del valor de los servicios públicos
  • Coberturas opcionales
    Daños y faltantes del inventario
    Asistencia domiciliaria

​¿Q​ué no cubre?

  • Cláusulas penales, multas, intereses sobre cánones de arrendamiento, cuotas de administración o cualquier otra sanción económica.
  • Daños y faltantes causados al inmueble arrendado por cualquier causa, salvo que se haya contratado la cobertura opcional de daños y faltantes.
  • Cánones de arrendamiento, cuotas de administración, reajustes o servicios públicos domiciliarios que no estén pactados por escrito, no se ajusten a la ley o que no hayan sido notificados a la empresa de seguros.

¿Cómo adquirir este seguro?

Si eres arrendador:

  • Preséntanos a tu inquilino en una de nuestras oficinas con todos los documentos requeridos para realizar el estudio de la solicitud de arrendamiento.
  • Una vez aprobada la solicitud de arrendamiento, entréganos copia de tu documento de identidad y el certificado de tradición y libertad del inmueble que vas arrendar.
  • Si los documentos son aprobados serás citado en (24) horas en la oficina donde se encuentra realizando el trámite para firmar el contrato de arrendamiento y realizar el pago del seguro.
  • Conoce aquí todas las condiciones​, coberturas y exclusiones del Seguro de arrendamiento.​
    Selecciona el tipo de novedad que necesitas a realizar.​
  • Novedades para Seguro de Arrendamiento Colectivo: ​
    • Solicitud de ingreso arrendatario vigente
    • Solicitud de Aviso de cambio de valor asegurado
    • Solicitud de Aviso de reclamación
      Solicitud Aviso de retiro​​​
    • Solicitud de ingreso arrendador vigente

Si eres inquilino:

  • Diligencia correctamente la solicitud.
  • Puedes solicitarla directamente en nuestras oficinas
    • Solicitudes de codeudor​
    • Solicitudes de persona jurídica​
    • Solicitudes de persona natural​
  • Presenta la solicitud directamente en nuestras oficinas con todos los documentos requeridos.
  • Una vez aprobada la solicitud de arrendamiento conoce el resultado diligenciando tus datos en el formulario de estado de solicitud que encuentras en la parte superior.
  • Si la solicitud es aprobada, en la oficina donde se encuentra realizando el trámite se hará una citación para firmar el contrato de arrendamiento, acompañado de sus codeudores.
  • Si no cuentas con codeudor, podemos solicitar la apertura de una inversión a la vista a través de la Fiduciaria Bancolombia.​

Plazos y tér​minos

  • En el seguro individual el pago de la prima deberá realizarse de forma anticipada anual en cuanto inicie y se legalice el contrato de arrendamiento.
  • Este seguro se puede terminar si hay mora en el pago de la prima por más de 30 días; el arrendador, si el arrendatario o la empresa de seguros terminan el contrato de arrendamiento o el del seguro unilateralmente; o si se comprueba mala fe por parte del arrendador o el arrendatario.​​
  • ​Este seguro se renovará siempre y cuando nos notifiques la continuidad del contrato de arrendamiento en los mismos ​términos y condiciones pactados inicialmente y no existan circunstancias que modifiquen el estado del riesgo.​
  • La empresa de Seguros te indemnizará hasta tanto se restituya el inmueble arrendado ​con un límite máximo de indemnización de 36 meses.​​​​​​​​​​​​​​

¿Cómo comprar este seguro?

Puedes comprarlo con tu asesor de confianza click aquí

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